Podrá financiar la totalidad del valor de su vivienda, lo que le permitirá hacer frente con mayor comodidad a los gastos iniciales.
Las condiciones generales de este tipo de préstamo son:
Información fiscal
Si se trata de la vivienda habitual, disfrutará de las máximas ventajas fiscales:
Podrá deducirse en la cuota del IRPF el 15% de las cantidades que haya satisfecho durante el ejercicio en la adquisición o rehabilitación de su vivienda habitual (en caso de haber utilizado financiación ajena se incluye el importe de capital, intereses y demás gastos), con un límite máximo de 9.015 euros por declaración.