Vigilancia en su beneficio
Los Planes y los Fondos de Pensiones, tanto en el acceso a la actividad como en el día a día de la misma, están sujetos a la continua supervisión de este Órgano administrativo dependiente del Ministerio de Economía.
La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones controla el cumplimiento de los requisitos precisos para el acceso a la actividad de las Entidades Gestoras de Fondos de Pensiones.
Lleva a cabo la supervisión ordinaria de las operaciones de esas Entidades Gestoras, así como de los requisitos que han de cumplir los Planes y Fondos de pensiones con arreglo a las normas.
Realiza una labor de mediación en materia de Planes y Fondos de Pensiones y seguros privados.
También tiene importantes competencias en materia de seguros, competencias que van desde el control de los requisitos de acceso a la actividad aseguradora hasta la resolución de reclamaciones presentadas contra las entidades aseguradoras.
Y, como órgano consultivo, prepara proyectos normativos en las materias que le son propias.